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Retorno al país de ciudadanos argentinos

Retorno definitivo a la República

La normativa relativa al ingreso de bienes personales por retorno definitivo a La República – así como para los extranjeros que hayan obtenido la radicación definitiva en la República Argentina – es la “RESOLUCION GENERAL AFIP 3109/2011”.
Al respecto se informa que los argentinos que retornan al país luego de haber residido por más de dos años en el exterior y los extranjeros que obtengan su residencia permanente en la República Argentina, podrán importar efectos personales y del hogar, nuevos o usados, destinados al uso del beneficiario o de su grupo familiar, siempre que por su cantidad, naturaleza o variedad no sean ingresados con fines comerciales o industriales.

Trámites que efectúa el Consulado General:
1)“Certificado de Residencia en el Exterior”,
que será requerido por la Dirección General de Aduanas. Para ello, se deberá presentar:
A . Documento Nacional de Identidad (D.N.I. –OBLIGATORIO- y Pasaporte argentino)
B . “CERTIFICATO DI RESIDENZA STORICO”, emitido por el o los municipios italianos, en donde deberá constar  la residencia en Italia de más de dos años. Dicho certificado debe estar legalizado, en la Prefettura correspondiente, con la Apostilla de la Convención de la Haya.
costo del trámite, a partir del 1° de noviembre del 2016: 80 euros.
Asimismo, y según los bienes que se desee ingresar, el Consulado General en Milán efectúa las siguientes intervenciones:

2)“Lista De  Bienes De Uso Personal”

El Consulado efectúa una “CERTIFICACION DE FIRMA” sobre el listado de efectos personales a transportar, redactado en español y en el que consta además el nombre del titular y su número de DNI .

El mencionado documento será presentado y firmado personalmente por el interesado en el  Consulado.
costo del trámite, a partir del 1° de noviembre del 2016:  60 euros.

3)  AUTOMOTORES:
Premisa:  En el caso que Usted llevara a la República un automotor, como primer paso, el interesado deberá tomar contacto con el P.R.A.(-pubblico registro automobilistico-) donde el automotor se encuentra registrado para informarse sobre los trámites necesarios para dar de baja el mismo.
Sucesivamente, el Consulado efectúa un “VISTO” sobre  CADA UNO los siguientes documentos:

A) el “TITOLO DI PROPRIETA” del vehículo (que oportunamente le emitió el P.R.A. -pubblico registro automobilistico-).
costo del trámite: 100 euros
B) el “libretto di circolazione”
costo del trámite: 100 euros
C) una cotización del automotor. Preferiblemente realizada por una concesionaria.
De lo contrario puede presentar la factura de compra del vehiculo o, en su defecto,  una declaración de cotización actual ( por ejemplo: publicaciones “Quattroroute” , etc).
costo del trámite: 100 euros.

Los bienes deberán arribar al país dentro de los tres (3) meses anteriores o hasta los 6 meses posteriores al ingreso del país  de beneficiario. Para los ciudadanos extranjeros, los plazos descriptos precedentemente se computarán del siguiente modo:
Radicación obtenida con anterioridad a la fecha de arribo. Desde la fecha de ingreso de la persona.
Radicación obtenida con posterioridad al arribo definitivo de la persona: desde la fecha de otorgamiento de la Radicación definitiva.

IMPORTANTE:
1) el “Certificado de Residencia en el Exterior” NO reconoce automáticamente la exención del pago del impuesto de importación, se trata de un requisito para el trámite aduanero. El otorgamiento de la franquicia queda exclusivamente a criterio de la Dirección General de Aduanas.
2) A fin de determinar correctamente los bienes y vehículos a ingresar a la República, así como también bienes destinados a una actividad laboral, se recomienda muy especialmente TOMAR COMUNICACIÓN CON UN DESPACHANTE DE ADUANAS O CON UN RESPONSABLE DE LA DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS; son éstas figuras, y no el Consulado General quienes asesoran en materia de exenciones y derechos a pagar.

Solicitar turno por e-mail a: certificados.milan@mrecic.gov.ar.
Se aconseja anticipar la documentación al mismo mail.
CONSULADO GENERAL.
Via Agnello 2 - 4º Piso - 20121- Milano Tel. +39 02 77729401
Atención al público: de lunes a viernes de 8:30 a 13:30.

Direcciones útiles:
DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS.
www.aduanaargentina.com
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
www.afip.gob.ar - ABC preguntas y respuestas – Consultas aduaneras -
RESOLUCION GENERAL AFIP 3109/2011:
http://biblioteca.afip.gov.ar/gateway.dll/Normas/ResolucionesGenerales/reag01003109_2011_05_09.xml
RESOLUCION GENERAL 3181/2011:
http://biblioteca.afip.gob.ar/gateway.dll/Normas/ResolucionesGenerales/reag01003181_2011_09_09.xml

 

 

Fecha de actualización: 14/09/2023