“Nulla Osta” para contraer matrimonio
Los requisitos para emitir el "nulla osta" son los siguientes:
Del interesado:
- Partida de Nacimiento, la cual deberá estar debidamente legalizado por el Ministerio del Interior (documentos GDE no requieren esta intervención. https://www.argentina.gob.ar/servicio/legalizar-documentos-publicos) No es necesaria su traducción.
- Pasaporte Argentino vigente.
- D.N.I. (formato tarjeta y que sea el último ejemplar emitido y vigente. Si se presentara con un DNI anterior, no será posible hacer el trámite)
En el caso de menores de 18 años es indispensable la autorización para contraer matrimonio por parte de los padres o el acta de emancipación ante escribano con la debida legallización.
DIVORCIADOS: presentar Acta de Matrimonio con la transcripción marginal de la sentencia de divorcio vincular, debidamente legalizada por el Ministerio del Interior (documentos GDE no requieren esta intervención. https://www.argentina.gob.ar/servicio/legalizar-documentos-publicos) No es necesaria su traducción.
VIUDOS: presentar Acta de Matrimonio y certificado de defunción del cónyuge, debidamente legalizados como ya especificado.
Del futuro conyuge: fotocopia del documento de identidad italiano.
Cabe mencionar que el connacional interesado deberá residir dentro de la jurisdicción de este Consulado. Para mayor información visite (http://www.cmila.mrecic.gov.ar/es/jurisdicción)
Para poder obtener un turno es necesario anticipar la documentación por e-mail a certificados.milan@mrecic.gov.ar . Al momento de enviar la documentación, le pedimos que nos facilite un teléfono por cualquier eventualidad.
NO SE RECIBIRÁN SOLICITUDES QUE NO CONTENGAN TODOS LOS DOCUMENTOS INDICADOS.
Pago del arancel correspondiente (el costo total asciende a 100 euros, que se abonan en la sede del Consulado con bancomat o tarjeta de crédito – excepto Amex -)
El trámite es personal.
Entrega de la documentación: en el dia.