Estimados connacionales:
El 26 de marzo y con relación a la situación sanitaria de público conocimiento, la Región de Lombardía emitió directivas complementarias a las instrucciones decretadas por el Gobierno de La República Italiana del 21, 22 y 23 de marzo,
Es importante destacar, en relación al hospedaje y alojamiento de argentinos que se encuentren esta Región lo siguiente:
SE PERMITIRÁ EL ALOJAMIENTO EN INSTALACIONES A TALES FINES (hoteles, hoteles, b & b, etc.) SI:
Se tratase de invitados obligados a extender su estadía por razones de fuerza mayor.
Si el contrato con el alojamiento para la estadía en la estructura se realizó ANTES del 22/3/2020.
Estudiantes universitarios: Las instalaciones y el alojamiento para estudiantes universitarios están autorizadas a permanecer abiertas
Instalaciones asistenciales: Las instalaciones de alojamiento con fines de asistencia y solidaridad están autorizadas a permanecer abiertas
Puntualizado lo anterior, a continuación se detallan las principales medidas previstas, en traducción no oficial, integradas con las disposiciones nacionales vigentes:
- Prohibición de reuniones de más de 2 personas en lugares públicos y donde se debe respetar la distancia interpersonal de al menos un metro. En caso de violación, se prevé una multa administrativa de € 5,000.00.
- Se suspenden las actividades comerciales minoristas, a excepción de la venta de alimentos y artículos de primera necesidad. En cualquier caso, se debe garantizar la distancia de seguridad interpersonal de un metro.
- Suspensión de todos los mercados semanales descubiertos, para todos los productos (alimenticios y no alimenticios).
- Suspensión de servicios personales (incluídos peluqueros, barberos, esteticistas).
- Suspensión de actividades artesanales no relacionadas con emergencias o cadenas de suministro de productos o servicios esenciales;
- Cierre de las actividades de empresas profesionales, excepto las relacionadas con servicios esenciales o urgentes.
Sobre alojamiento y hospedaje de connacionales en la Región Lombardía
- Cierre de todas las instalaciones de alojamiento (hoteles, hoteles, b & b, etc.): los huéspedes que ya estén presentes en la instalación deben abandonarla dentro de las 72 horas posteriores a la entrada en vigor de la ordenanza del 22 de marzo. El cierre también se aplica a residencias, alojamientos de agroturismo y alquileres a corto plazo con fines turísticos.
(Las estructuras pueden permanecer abiertas para las necesidades relacionadas con el manejo de emergencias -pernoctaciones para médicos, aislamiento de pacientes, etc.-, incluido el ejercicio regular de servicios esenciales)
SE PERMITIRÁ el alojamiento en las siguientes categorías:
* Para personal de servicio en las mismas instalaciones;
* Para invitados que se alojen allí por razones de trabajo en uno de los servicios para los cuales el cierre o suspensión de la actividad no está disponible;
* Para personal que viaja en medios de transporte;
* Para invitados obligados a extender su estadía por razones de fuerza mayor que no permiten la transferencia en los términos anteriores;
* Personas que tienen residencia de registro en las mismas estructuras;
* Personas que ayudan a personas enfermas o hospitalizadas en centros de salud;
* Personas que celebraron, antes del 22/3/2020, un contrato con el alojamiento para la estadía en la estructura misma.
* Las instalaciones y el alojamiento para estudiantes universitarios y las instalaciones de alojamiento con fines de asistencia y solidaridad también pueden permanecer abiertas.
Otras disposiciones
- Interrupción de actividades en obras de construcción. Las obras pueden continuar: obras de construcción relacionadas con el hospital y actividades de reestructuración de emergencia y emergencia, así como obras de carreteras, autopistas y ferrocarriles;
- Cierre de las máquinas expendedoras automáticas las 24 horas que distribuyen bebidas y alimentos envasados;
- Prohibición de practicar deportes y actividades físicas al aire libre, incluso de forma individual, a excepción de la realización en cercanía de su hogar;
- Obligación, si sale con el perro, de quedarse a menos de 200 metros de su casa;
- Cierre de parques, áreas de juego y jardines públicos.
- Asimismo en supermercados, farmacias, en el lugar de trabajo, desde las instalaciones sanitarias y hospitalarias hasta los organismos públicos y las administraciones, se recomienda que el gerente / propietario se encargue de detectar la temperatura corporal.
- El Decreto del Consejo de Ministros del 22 de marzo también establece, hasta el 3 de abril, la prohibición de trasladar o mudarse a otro Municipio, con medios de transporte públicos o privados, excepto por necesidades laborales comprobadas, de absoluta urgencia o por razones de salud. El regreso a su hogar, hogar o residencia está permitido.
Si posee síntomas de la enfermedad: Recuerde comunicarse con el número 1500 para solicitar información y el número gratuito 800 894 545.
Fuente: Sitio Web de la Región de Lombardía
https://www.regione.lombardia.it/wps/portal/istituzionale/HP/DettaglioRe...