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9 DE JULIO: CELEBRACIÓN DEL DÍA DE LA INDEPENDENCIA

El 9 de julio de 1816 el Congreso de Tucumán proclamó la Declaración de Independencia de las Provincias Unidas de América del Sur en la casa de Francisca Bazán de Laguna de la ciudad de San Miguel de Tucumán afirmando la independencia política de la monarquía española y renunciando a toda dominación extranjera.

Tras la Revolución de Mayo y la instauración de la Primera Junta, en 1814, el rey Fernando VII regresó al trono de España con la intención de reestablecer la dominación colonial en el cono sur. Los realistas habían triunfado en Huaqui, Vilcapugio y Ayohúma, agrupándose en el Alto Perú.

El 15 de abril de 1815, una revolución terminó con el gobierno unitario de Carlos María de Alvear. Los revolucionarios exigieron la convocatoria de un Congreso General Constituyente. El Congreso de Tucumán comenzó a sesionar el 24 de marzo de 1816 con 33 diputados. Varias provincias no enviaron representantes por diversos motivos. De acuerdo a lo que habían decidido, la presidencia del Congreso era rotativa y debía cambiar cada mes.

En una de sus primeras decisiones, el Congreso nombró Director Supremo de las Provincias Unidas del Río de la Plata a uno de sus diputados, el general Juan Martín de Pueyrredón. A partir de allí, debatieron acerca de los alcances de sus atribuciones y su funcionamiento interno, además de decidir acerca de cuestiones políticas de nivel nacional e internacional.

Varios miembros del Congreso, incluido el general José de San Martín, gobernador de la Intendencia de Cuyo, solicitaron que se iniciara la discusión sobre la Declaración de Independencia. Con la presidencia del cuerpo uno de los representantes de San Juan, Francisco Narciso de Laprida, la votación se realizó el 9 de Julio, en la casa propiedad de Francisca Bazán de Laguna, declarada Monumento Histórico Nacional en 1941.

El 21 de julio de 1816 juraron la Independencia en la sala de sesiones por los miembros del Congreso, ante la presencia del gobernador, el general Manuel Belgrano, el clero, comunidades religiosas y demás corporaciones.

 

 

Fecha de actualización: 08/07/2020